22/05/2021
Para aquellos que tengais embarcación. Se ha publicado un nuevo RD que entrara en vigor el próximo dia 1 de julio de 2021.
Para no fulminaros el RD aquí, aunque sí os daré acceso al enlace del mismo, os resumo lo mas importante y que nos afecta a todos o casi todos:
- Chalecos salvavidas:
Las embarcaciones de recreo deberán llevar como mínimo un chaleco salvavidas por persona a bordo, los cuales se completarán con una luz para chaleco salvavidas. No obstante, en las embarcaciones de recreo que naveguen en zonas 4, 5, 6 o 7, que realicen exclusivamente navegaciones diurnas, se podrá prescindir de la luz.
-Extintores portatiles:
Pasarán a ser de eficacia 34B y deberemos cumplir en numero por eslora y potencia.
-Balsa Salvavidas:
De acuerdo con las recomendaciones, procedimientos e instrucciones de los fabricantes, sin perjuicio de lo dispuesto para las revisiones por la normativa y las normas técnicas nacionales e internacionales que les sean de aplicación. No obstante, los intervalos de revisión de las balsas, instaladas en embarcaciones de recreo que desarrollen una actividad con fines comerciales o lucrativos, no podrán ser superiores a los 24 meses.
-Pirotecnia en zona 4 (12 millas):
Pasa a ser 3 bengalas y 3 cohetes con paracaidas
-Reflector radar, linterna estanca y codigo de banderas:
Pasan a ser obligatorias en zonas 5, 6 y 7 de navegación.
Para poder verlo con mas detalle, aquí teneis el enlace:https://www.boe.es/boe/dias/2021/05/19/pdfs/BOE-A-2021-8268.pdf
Espero os haya resultado útil este post,
Saludos con salitre!
BOE-A-2021-8268 Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo.