ESTATUTOS
”DOCENTES FÚTBOL CLUB – EL BANCO”
CAPITULO I - CONSTITUCIÓN FINES Y SEDE
Art. 01.- Bajo la nominación del club deportivo “DOCENTES FÚTBOL CLUB – EL BANCO”, queda constituida una asociación civil, de carácter deportivo, sin fines de lucro y que se regirá por los siguientes estatutos. Art. 02. - Son fines del club:
a.- Promover por intermedio del deporte, la integración entre sus miemb
ros y compañeros docentes de otras localidades. b.- Incentivar la participación activa de asociados en la práctica de la recreación y del deporte aficionado. c.- Impedir que los asociados practiquen actividades del club con fines de lucro, discriminación y de todo aquello que resulte contrario a la dignidad humana. Art. 03.- El club deportivo “DOCENTES FÚTBOL CLUB – EL BANCO”, no podrá tomar parte, ni permitirá en su seno, discusión o trato sobre asuntos políticos ni religiosos; serán separados de los cargos directivos o perder sus calidades de miembros quienes infrinjan estas condiciones. Art. 04.- La sede principal del club deportivo " DOCENTES FÚTBOL CLUB – EL BANCO ", se encuentra establecida en la Calle 8 # 20ª-30 barrio Club de Leones, municipio de El Banco, Magdalena. CAPITULO II - DE LOS ASOCIADOS
Art. 05.- El Club estará integrado por personas naturales denominadas Afiliados. Los Afiliados podrán ser Contribuyentes y Deportistas. Art. 06.- AFILIADOS CONTRIBUYENTES: Son las personas afiliadas que deseen coadyuvar al sostenimiento del Club y participar en sus actividades generales.
01. SAÚL ANTONIO GIL MANOTAS
Art. 07.- AFILIADOS DEPORTISTAS: Son las personas Afiliadas aptas para practicar el deporte y que deseen
representar al Club en las competiciones.
01. CARLOS ALBERTO CASTRO CANTILLO
02. EDWIN DIAZ CASTAÑEDA
03. EFRAIN POSADA MUÑOZ
04. MIGUEL CARRASCAL
05. JUAN CARLOS VARGAS NORIEGA
06. DELMIDES OSPINO DIAZ
07. JULIO JAVIER GALEZZO GALLEGO
08. JAINER PEDROZO GARIZAO
09. TOMÁS QUINTERO BLANCO
10. JEAN PAUL GÓMEZ RANGEL
11. MAURIS GOMEZ BELEÑO
12. SANTANDER GONZALEZ PEREZ
13. JACOME SEPULVEDA
14. BALDOMIRO ROJAS ZAMBRANO
15. ALEX PALOMINO OJEDA
16. ALBERTO HERNANDEZ
17. NOÉ QUINTERO BLANCO
18. DANNYS NAVARRO AYOLA
19. RODRIGO ALVARADO AMARIS
20. MARTIN CABRALES VASQUEZ
21. DAVID QUINTERO BLANCO
22. ARTURO RANGEL MARTINEZ
23. ALEXANDER MONTENEGRO BELTRÁN
Art. 08.- Para ser socio del club ser requiere:
a.- Ser admitido por el club como socio. b.- Abonar la cuota de inscripción señalada en asamblea. Art. 09.- Los obligaciones de los asociados:
a.- Abonar las cuotas establecidas puntualmente. b.- Bajo ningún concepto los afiliados podrán llevar acompañantes en los viajes de visita a otras localidades. c.- El afiliado cuyo retiro sea voluntario o forzoso, pierde los recursos aportados. d.- Para las visitas a otras localidades cada afiliado debe estar a paz y salvo. e.- Afiliado que exprese hecho o acontecimiento de comportamiento individual o del grupo, será excluido. f.- Los afiliados están llamados a ser puntuales en todas las actividades que organice la institución y responsables en las tareas asignadas. g.- Participar en las elecciones emitiendo su voto. h.- Estar al tanto con el funcionamiento institucional y proponer las medidas que juzguen necesarias. i.- Presentar proposiciones en beneficio del club o de sus afiliados. j.- Cumplir fielmente las normas del presente estatuto y sus reglamentos. k.- Acatar los acuerdos de las asambleas y/o de la junta directiva. l.- Procurar la más estrecha solidaridad institucional. m.- Ejercer ad-honores los cargos y comisiones para los que previa aceptación fueron elegidos. Art. 10.- Son derechos de los socios:
a.- Elegir y ser elegidos miembros de la junta directiva. b.- Promover las modificaciones que consideren convenientes a este estatuto y su reglamento. c.- Ejercer el derecho de voz y voto en las asambleas generales. d.- Asistir a las asambleas de la junta directiva. e.- Exigir el estricto cumplimiento de los artículos del presente estatuto y su reglamento. f.- Hacer buen uso de los bienes del club velando por su conservación. g.- Participar en las actividades que realiza u organiza el club. h.- Velar celosamente por el prestigio del club. Art. 11.- Los socios podrán retirarse del club sin mayor obligación. En caso de ejercer cargo directivo deberá entregar formalmente los asuntos bajo su responsabilidad. CAPITULO III - ASAMBLEAS DE AFILIADOS
Art. 12.- La asamblea general es la máxima autoridad del club, está formado por todos o la mayoría de los asociados en situación de actividad. Art. 13.- Sus funciones o atribuciones de la asamblea general de asociación son:
a.- Señalar la política del club frente a la comunidad en general. b.- Elegir a los integrantes de la junta directiva. c.- Acordar sobre las actuaciones de los asociados en las actividades que se organicen. d.- Fiscalizar la gestión de la Junta Directiva, solicitando los informes correspondientes. e.- Renovar la junta directiva. Art. 14.- La asamblea general podrá reunirse en forma extraordinaria por acuerdo de la junta directiva con la indicación del asunto a tratarse. Art. 15.- El quórum para las asambleas generales estará constituida por la mitad más uno de los asociados. Art. 16.- Los acuerdos de las asambleas serán sancionadas por los asociados, presentes. CAPITULO IV - LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 17.- La junta directiva tiene la misión y responsabilidad del gobierno del club de acuerdo a los fines establecidos en el presente estatuto. Art. 18.- Los miembros de la junta directiva son elegidos por asamblea general mediante votación. Art. 19.- Para ser elegidos miembros de la junta directiva, deben ser socios activos y libres de sanción. Ejercerán sus funciones por un período de tiempo de un (1) año, pudiendo ser reelegidos, según estime conveniente la asamblea general. Art. 20.- La junta directiva está compuesta por los siguientes miembros:
a.- Presidente. JAINER PEDROZO GARIZAO
b.- Secretario. SAÚL ANTONIO GIL MANOTAS
c.- Tesorera. EILEEN OSPINO
d.- Fiscal. DAVID QUINTERO BLANCO
Art. 21.- Si un miembro de la junta directiva dejara de concurrir a tres sesiones consecutivas sin causa justificada deberá ser sometido a consideración de la asamblea general para su reemplazo. Art. 22.- La junta directiva goza de los poderes facultados derivados de la naturaleza de su función, se reunirá extraordinariamente a convocatoria del presidente o por propio acuerdo. Art. 23.- Son atribuciones de la junta directiva:
a.- Cumplir y hacer cumplir la sesión del presente estatuto, así como los acuerdos de la asamblea general y sus propios acuerdos. b.- Administrar celosamente los bienes del club, siendo sus miembros solidariamente responsables de su debido empleo y conservación. c.- Velar por el estricto cumplimiento de sus funciones, y por el funcionamiento del club. CAPITULO V - FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 24.- La junta directiva tiene la responsabilidad de conducir dentro de los cauces establecidos en el presente estatuto. Art. 25.- Organizar eventos para sus afiliados. Art. 27.- Hacer efectiva la recepción de las cuotas. Art. 24.- Ejecutar las actividades acordadas en la asamblea general. Es todo lo que tenemos en el Estatuto del Club Deportivo "DOCENTES FÚTBOL CLUB – EL BANCO”. Abril de 2016. El Banco, Magdalena.