06/07/2026
COMO DEBE ESTAR LAS CICLOVIAS SEGUN LA NORMATIVA? 🚴♀️🚴♀️
En Lima Perú, las ciclovías deben cumplir con especificaciones técnicas del Ministerio de Vivienda (Norma CE.030) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Deben garantizar la segregación física de los autos, un ancho mínimo de 1.50 metros, señalización retrorreflectante, y estar libres de obstáculos, priorizando el espacio exclusivo para ciclos
Para cumplir con la normativa vigente en el Perú, el diseño, la construcción y el uso de las ciclovías deben regirse por los siguientes parámetros:
1️⃣Diseño y Dimensiones (Norma Técnica CE.030):
✅️Ancho mínimo: La ciclovía debe tener un ancho mínimo efectivo de 1.50 m cuando está dispuesta en un solo sentido, y un mínimo de 2.40 m en vías de doble sentido.
✅️Segregación: Debe estar físicamente separada tanto de la vereda (uso peatonal) como de la pista (uso motorizado). Esto se logra mediante sardineles, bolardos, áreas de aislamiento o barreras físicas.
✅️Intersecciones y cruces: En las esquinas y cruces peatonales, la ciclovía debe mantener su continuidad visual, sin que la vereda invada el carril ciclista, y contar con rampas accesibles que no superen la pendiente permitida.
✅️Paraderos de transporte público: El diseño debe incluir zonas de aislamiento o plataformas elevadas donde el ciclista ceda el paso al peatón que sube o baja de un autobús, sin cortar abruptamente la vía.
2️⃣Señalización y Pavimento:
✅️Señalización horizontal: Debe estar marcada con líneas continuas o discontinuas de color blanco. El pavimento debe incluir pictogramas recurrentes de una bicicleta para indicar el sentido y uso de la vía.
✅️Señalización vertical: Debe contar con señales informativas, preventivas y reglamentarias (velocidad máxima y sentido) a lo largo de todo el trayecto.
3️⃣Uso y Reglas para el Ciclista (Reglamento Nacional de Tránsito):
✅️Vehículos permitidos: Las ciclovías son de uso exclusivo para bicicletas. Los Scooter, las motos eléctricas, motocicletas, bicimotos y vehículos mayores tienen prohibido transitar por ellas.
✅️Sentido de circulación: Solo se puede transitar en el sentido indicado por el diseño de la ciclovía (sea unidireccional o bidireccional).
✅️Prohibición para peatones: Los peatones deben transitar por las aceras y no por las ciclovías, ya que esto representa un riesgo.
El mantenimiento y buen estado físico de las ciclovías le corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica la vía, mientras que el control del tránsito y la fiscalización del uso de estas vías son responsabilidad conjunta de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), los municipios distritales y la Policía Nacional del Perú (PNP)
El uso, promoción y lineamientos de infraestructura para ciclistas están regulados por la Ley N° 30936, conocida como la "Ley de la Bicicleta", reglamentada mediante el Decreto Supremo N° 012-2020-MTC. Esta ley obliga a los tres niveles de gobierno (Nacional, Regional y Local) a priorizar y gestionar infraestructura vial segura y adecuada para la movilidad sostenible