13/06/2024
COMUNICADO ORGANO Órgano de Fiscalización- Club Atlético Central Norte de Salta
En fecha 12/06/24 se puso en conocimiento lo resuelto por la Inspección General de Personas Jurídicas respecto al acto de asamblea del 02/03/24
Conclusión: en consecuencia y en virtud de lo establecido, precedentemente, I) correspondería Salvo más elevado criterio, hacer saber a la entidad que se dejará constancia del resultado de la asamblea en el legajo de la entidad, sin perjuicio de los efectos que pueda producir en organismos externos, instar a la entidad a realizar las acciones necesarias para convocar a asamblea a la mayor brevedad posible, subsanando los errores que pudieron existir a los fines de un nuevo tratamiento de los ejercicios adeudados, instar al órgano de Fiscalización y a la comisión directiva a cumplir sus funciones sin entorpecer las actividades de cada órgano. II) Instar a la comisión directiva y al órgano de Fiscalización que deberán abstener de votar respecto de su propia gestión. III)Hacer saber que para la remoción o expulsión deberán respetar el procedimiento interno establecido por el estatuto social garantizando el derecho a defensa de la persona que se pretende remover o expulsar.
Con lo cual, se toma razón de los resultados obtenidos en el acto de asamblea en fecha 02/03/24, negando este cuerpo, categóricamente algún acto viciado de nulidad conforme trascendidos y/ declaraciones de algunos medios de comunicación. Respetando la voluntad social que asistió en la fecha mencionada y por mayoría absoluta voto negativamente los periodos contables bajo análisis.
Se pone de manifiesto que respecto a las mociones realizadas, la inspección general de personas juridicas expresa que deberán tramitarse por los mecanismos estatutarios vigente, es decir por procedimiento interno mediante la comisión directiva